marcas, que pueden representar una parte
importante de los costes de reparación.
Los
fabricantes de automóviles ya no
podrán supeditar la aplicación de la
garantía a que el cambio de aceite
o cualquier otro servicio se hayan
efectuado únicamente en los talleres
autorizados
. Naturalmente, los fabricantes
podrán exigir que las reparaciones cubiertas
por la garantía –que pagan ellos– se lleven a
cabo en su red autorizada.
Todo eso es importante para los consumidores,
pues se calcula que las facturas de las repa-
raciones representan un 40 % de los gastos
totales que implica la posesión de un vehículo,
gastos que han aumentado en los últimos años.
Por lo que se refiere a la
distribución de los
automóviles
, la evaluación de la Comisión
ha puesto de manifiesto que los mercados de
la venta de automóviles son altamente compe-
titivos. Los márgenes de los fabricantes y los
concesionarios son pequeños y, durante varios
años, la excesiva capacidad de producción y
el progreso tecnológico han aportado ventajas
a los consumidores como una bajada de los
precios reales de los vehículos y un aumento
de la gama donde elegir. La crisis financiera ha
incrementado esa presión a la baja sobre los
precios.
La Comisión propone
simplificar
las nor-
mas
, demasiado complicadas y restrictivas
que, entienden, han tenido como efecto indi-
recto el aumento de los costes de distribución,
que representan, por término medio, un 30%
del precio de un vehículo nuevo, para tratar la
distribución de vehículos como cualquier otro
mercado. El actual modelo de distribución
seguirá estando exento en la mayoría de los
casos, pero algunas disposiciones sectoriales
que han demostrado ser ineficaces o contra-
producentes no se mantendrán.
El nuevo régimen dará a los fabricantes una
mayor flexibilidad para organizar distintas
redes en las que coexistan concesionarios mul-
timarca y concesionarios que se comprometan
a promover en exclusiva las marcas de un solo
fabricante.
Vigencia
Las nuevas normas entran en vigor el
1 de
junio de 2010
para los mercados de la re-
paración y el mantenimiento
y el
1 de junio
de 2013
para los mercados de la
venta de
vehículos,
y
expirarán el 31 de mayo de
2023
. La Comisión supervisará la evolución
del sector y, tal como ha hecho hasta ahora,
adoptará medidas correctivas adecuadas si
detecta alguna conducta problemática o algún
cambio en las condiciones de competencia.
Antecedentes
Los Reglamentos de exención por categorías
eximen a determinadas categorías de acuer-
dos que se ajustan a sus disposiciones de la
prohibición comunitaria relativa a las prácticas
restrictivas (artículo 101, apartado 1, del Trata-
do de Funcionamiento de la Unión Europea).
Las antiguas normas aplicables al sector del
automóvil (Reglamento (CE) n° 1400/2002)
fueron aprobadas en 2002 y expiran el 31 de
mayo. Antes de aprobar las nuevas normas, la
Comisión llevó a cabo un amplio y largo proce-
so de consulta.
En los últimos años, la Comisión ha incoado
cuatro procedimientos contra DaimlerChrysler,
Fiat, Toyota y GM para garantizar que conce-
den a los talleres independientes un acceso
adecuado a la información necesaria para la
reparación de los vehículos. No obstante, el
acceso a las piezas de recambio y la negativa a
aplicar la garantía si los consumidores han he-
cho realizar esos trabajos fuera de las redes de
reparación autorizadas pueden plantear otros
problemas. Las Directrices y el Reglamento
de exención por categorías adoptados ahora
aclaran con detalle a las partes interesadas el
modo en que la Comisión tiene intención de
aplicar las normas en este ámbito.
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sectors/motor_vehicles/legislation/
legislation.html
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328 · junio 2010