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Nº 65 - Julio / Septiembre 2015

www.centro-zaragoza.com

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Si en el caso de la homologación no existían

diferencias entre los vehículos de tipo turismo y los

vehículos industriales en cuanto a los plazos de

implantación obligatoria por normativa, desde el punto

de vista de la matriculación tampoco se introducen

variaciones según la categoría del vehículo (con

algunas excepciones) ya que es obligatorio que el

vehículo incorpore sistema ESC tanto en todos los

turismos como en vehículos industriales (de forma

genérica) matriculados o puestos a la venta en

la Unión Europea desde el 1 de Noviembre de 2014.

Como puede verse, la obligatoriedad de la

implantación del sistema ESC ha sido similar en el

caso de los vehículos tipo turismo que en el de los

vehículos industriales, sin embargo, en lo referente a

los sistemas avanzados de ayuda a la conducción y,

en concreto, de los sistemas autónomos de frenado

de emergencia, AEB (Autonomous Emergency Braking)

y de los sistemas de aviso de salida involuntaria de

carril, LDW (Lane Departure Warning), las cosas han

cambiado.

Según se establece en el Reglamento 661/2009,

para poder ser homologados, los vehículos industriales

(categorías M2, M3, N2 y N3) deben incorporar siste-

mas autónomos de frenado de emergencia (AEB) y

sistemas de advertencia de abandono de carril (LDW)

desde el 1 de Noviembre de 2013, ampliándose dicha

fecha al 1 de Noviembre de 2015 para poder ser matri-

culados y vendidos como nuevos en la Unión

Europea, obligatoriedad sobre la que dicho

Reglamento no se pronuncia en cuanto a los vehícu-

los de tipo turismo.

Por lo tanto, a partir del próximo 1 de Noviembre

de 2015, los vehículos industriales que se comercia-

licen como nuevos en la Unión Europea deberán

implementar ambos sistemas avanzados de ayuda a

la conducción, de forma que los vehículos de esta

categoría se ponen por delante de los vehículos de

tipo turismo en cuanto a la implantación de sistemas

de seguridad avanzados.

A partir del próximo 1 de Noviembre de 2015

los vehículos industriales que se comercia-

licen como nuevos en la Unión Europea

deberán implementar tanto el sistema

autónomo de frenado de emergencia (AEB)

como el sistema de advertencia de salida de

carril (LDW)”.