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En la valoración de daños propios, los

peritos se enfrentan a siniestros en

los que no está claro si determinados

equipamientos se deben incluir en la

peritación. Dependerá de si se montan

de serie –en cuyo caso su inclusión está

asegurada– o si se ofrecen como opción.

Habrá de verificar si se han declarado

al efectuar la contratación de la póliza

(considerándose en la peritación) o si, por

el contrario, no lo están y, en el mejor de

los casos, incluir sólo en la peritación el de

serie que monta el vehículo.

Es de suma importancia que en la póliza

estén suficientemente acreditados los

equipamientos, tanto de serie como de

opción en el vehículo.

Se entiende por equipamiento

de serie

cuando, en el importe total del vehículo

que figura en la factura de compra, se

incluyen determinados equipos. Si, por el

contrario, en la factura de compra figura

que se ha abonado aparte del vehículo una

cantidad determinada, ese equipamiento

se denomina “de opción”.

EN LA

COBERTURA DE DAÑOS PROPIOS

, ES DECIR, TODO RIESGO, ROBO O LUNAS, EL PERITO HA DE INDICAR SI

EL VEHÍCULO LLEVA, O NO, DETERMINADO

EQUIPAMIENTO DE SERIE

O SI ES

DE OPCIÓN

. SI NO ESTÁ DECLARADO

EN LA PÓLIZA, NO DEBERÁ INCLUIRLO EN LA PERITACIÓN. ESTA DISYUNTIVA SE DA EN TODOS LOS VEHÍCULOS,

INDEPENDIENTEMENTE DE SU ANTIGÜEDAD, PERO CUANTO MÁS ANTIGUOS SON, MÁS DIFÍCIL RESULTA

Por

Carlos Hernández

Díaz

Identificación del equipamiento

en vehículos antiguos

CESVIMAP 92

42

P E R I T O S