

En la valoración de daños propios, los
peritos se enfrentan a siniestros en
los que no está claro si determinados
equipamientos se deben incluir en la
peritación. Dependerá de si se montan
de serie –en cuyo caso su inclusión está
asegurada– o si se ofrecen como opción.
Habrá de verificar si se han declarado
al efectuar la contratación de la póliza
(considerándose en la peritación) o si, por
el contrario, no lo están y, en el mejor de
los casos, incluir sólo en la peritación el de
serie que monta el vehículo.
Es de suma importancia que en la póliza
estén suficientemente acreditados los
equipamientos, tanto de serie como de
opción en el vehículo.
Se entiende por equipamiento
de serie
cuando, en el importe total del vehículo
que figura en la factura de compra, se
incluyen determinados equipos. Si, por el
contrario, en la factura de compra figura
que se ha abonado aparte del vehículo una
cantidad determinada, ese equipamiento
se denomina “de opción”.
EN LA
COBERTURA DE DAÑOS PROPIOS
, ES DECIR, TODO RIESGO, ROBO O LUNAS, EL PERITO HA DE INDICAR SI
EL VEHÍCULO LLEVA, O NO, DETERMINADO
EQUIPAMIENTO DE SERIE
O SI ES
DE OPCIÓN
. SI NO ESTÁ DECLARADO
EN LA PÓLIZA, NO DEBERÁ INCLUIRLO EN LA PERITACIÓN. ESTA DISYUNTIVA SE DA EN TODOS LOS VEHÍCULOS,
INDEPENDIENTEMENTE DE SU ANTIGÜEDAD, PERO CUANTO MÁS ANTIGUOS SON, MÁS DIFÍCIL RESULTA
Por
Carlos Hernández
Díaz
Identificación del equipamiento
en vehículos antiguos
CESVIMAP 92
42
P E R I T O S