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Seguridad vial

Los niños deben ir sentados en los asientos traseros

La falta de instalación y la no utilización de cintu-

rones de seguridad y otros sistemas de retención

infantil homologados tienen la consideración de infrac-

ción grave o muy grave.

No obstante, hay que señalar que los cambios

incluidos en el artículo 117 del Reglamento General

de Circulación no afectan a las exenciones de las

obligaciones en cuanto al uso de cinturones u otros

sistemas de retención homologados, recogidas en el

artículo 119. Dentro de estas exenciones se encuen-

tran las referidas a los taxis, cuando circulen en áreas

urbanas de grandes ciudades, a los que se permite

transportar a personas cuya estatura no alcance los

135 centímetros sin utilizar un dispositivo de reten-

ción homologado adaptado a su talla y a su peso,

siempre que ocupen el asiento trasero.

Normativa i-Size

Cuando se habla de dispositivo de retención

homologado hay que tener en cuenta que deberán

estarlo, bien de acuerdo con las normas del

Reglamento ECE R44/04 o bien de acuerdo con las

normas del Reglamento ECE R129, que entró en vigor

el 9 de julio de 2013. El Reglamento ECE R129

también conocido como “i-Size” es el nuevo

Reglamento Europeo sobre Sistemas de Retención

Infantil que mejora la seguridad en diversos aspec-

tos, sobre todo ampliando la edad hasta la cual los

niños deben viajar en sentido contrario a la marcha.

Esta ampliación de la obligación de circular con un

SRI en sentido contrario a la marcha hasta los 15 meses

se debe a que, hasta esa edad el cuello del bebé no

está formado y no soporta adecuadamente el peso de

la cabeza. Por este motivo, en caso de sufrir un

impacto frontal, las cargas sobre el cuello son impor-

tantes y pueden provocar graves lesiones. Este riesgo

se reduce en gran medida utilizando un SRI en sentido

contrario a la marcha.

El Reglamento “i-Size”, con el objeto de evitar

malas conductas en la instalación de los SRI, intro-

duce cuatro novedades importantes:

La clasificación actual de SRI por grupos de

peso se sustituye por un intervalo de estatura.

De esta manera cada fabricante indicará entre

qué estaturas está recomendado cada SRI.

Para obtener la homologación los SRI deben

superar un ensayo de choque lateral.

Todos los niños hasta los 15 meses deberán

viajar en sentido contrario a la marcha del

vehículo. La normativa anterior solamente

exigía circular contra la marcha hasta los 9 kilos

(aproximadamente niños de hasta 9 meses).

Esta nueva obligación solamente se aplica a

los sistemas SRI homologados según “i-Size”.

www.centro-zaragoza.com

Nº 66 - Octubre / Diciembre 2015

El asiento central trasero es el más seguro,

ya que es el que está situado a una mayor

distancia de las puertas, por lo que el niño

está más protegido frente a un impacto

lateral, y tiene menos probabilidades de

sufrir lesiones graves.

La normativa “i-Size” amplía a 15 meses la edad hasta

la cual los niños deben viajar en sentido contrario a

la marcha.