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motores y otros” teniendo en
consideración lo indicado en la nota 1 del
cuadro (ver tabla).
Los equipos de secado que funcionan por
combustión, como los de las cabinas de
pintura, tienen una codificación
independiente, dependiendo de su
tecnología; bajo el epígrafe 0302 si son
equipos con hogar o bajo el 0303 si son
equipos de llama directa (ver tabla).
El taller debe observar la potencia
térmica nominal de los equipos que
funcionan por combustión (calderas y
quemadores de las cabinas) y sumar las
P.t.n. de aquéllos que pertenecen al
mismo grupo (actividades que tienen en
común al menos los seis primeros dígitos
del código de actividad); por ejemplo, se
sumaría la potencia térmica nominal de
todas las cabinas de pintura del mismo
tipo.
El resultado de este cálculo debe
compararse posteriormente con el
umbral establecido en el catálogo para
cada actividad y asignar el grupo a cada
una de ellas: cabinas de hogar, cabinas
de llama directa y calderas de confort
térmico.
C A L I D A D Y M E D I O A M B I E N T E
SECCIÓN DEL CATÁLOGO DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERA (RD100/2011)
ACTIVIDAD 06 - Uso de disolventes y otros productos
06 01 Aplicación de pinturas y recubrimientos
GRUPO
CÓDIGO
Renovación del acabo de vehículos con c.c.d > 200 t/año o de 150 kg/h
A
06 01 02 01
con c.c.d
≤
200 t/año o de 150 kg/h y > 0,5 t/año
—
06 01 02 03
con c.c.d
≤
0,5 t/año
—
06 01 02 04
SECCIÓN DEL CATÁLOGO DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERA (RD100/2011)
ACTIVIDAD 03 - Procesos industriales con combustión
03 01 Calderas de combustión, turbinas de gas, motores y otros
GRUPO
CÓDIGO
Calderas de P.t.n. >= 300 MWt
A
03 01 01 00
P.t.n. < 300 MWt y >= 50 MWt
A
03 01 02 00
P.t.n. < 50 MWt y > 20 MWt
B
03 01 03 01
P.t.n. <= 20 MWt y > 2,3 MWt (1)
B
03 01 03 02
P.t.n. <= 2,3 MWt y >= 70 kWt (1)
C
03 01 03 03
P.t.n.. < 70 kWt
—
03 01 03 04
ACTIVIDAD 0302 - Hornos de procesos sin contacto
GRUPO
CÓDIGO
Otros hornos sin contacto no especificados en otros epígrafes con P.t.n. > 2,3 MWt
B
03 02 05 09
a.e.a., de P.t.n. <= 2,3 MWt y >70 kWt
C(2)
03 02 05 10
ACTIVIDAD 0303. Procesos con contacto
GRUPO
CÓDIGO
Equipos de secado, granulado o similares o de aplicación de calor por contacto
directo con gases de combustión, no especificados en otros epígrafes, de potencia
térmica nominal => 20 MWt
A
03 03 26 34
P.t.n. => 2,3 MWt y < 20 MWt
B(2)
03 03 26 35
P.t.n. => 70 kWt y < 2,3 MWt
C(2)
03 03 26 36
P.t.n. < 70 kWt
- (2)
03 03 26 37
(1) Los equipos que formen parte íntegramente de instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1027/2007, por el que se aprueba el
Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, pertenecerán al grupo B cuando su P.t.n. < 50 MWt y >20 MWt; al grupo C cuando su P.t.n. < =20 MWt
y >= 2,3 MWt; y no estarán asignados a ningún grupo cuando su P.t.n. < 2,3 MWt
(2) Las actividades pertenecientes al grupo B pasarán a considerarse grupo A, las pertenecientes a grupo C pasarán a considerarse grupo B y las actividades
sin grupo pasarán a considerarse grupo C, a criterio del órgano competente de la Comunidad Autónoma, cuando se utilicen sustancias peligrosas o la
actividad se desarrolle a menos de 500 m de alguno de los siguientes espacios: núcleos de población; espacios naturales protegidos, incluidas sus zonas
periféricas de protección; espacios pertenecientes a la Red Natura 2000; áreas protegidas por instrumentos internacionales.