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la revista Comforp
ENERO-MARZO 2015
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Reformas de importancia:
De peritaciones e ITV
La función de la Inspección Técnica
de Vehículos, ITV, se extiende a las
inspecciones periódicas que, con mayor o
menor frecuencia, deben pasar todos los
vehículos; pero también son consecuencia
de un marco legal cuya influencia, en
lo que a
reformas de importancia
se
refiere, es muy amplia. Se entiende por
reforma de importancia
toda modificación,
sustitución, actuación, incorporación o
supresión efectuada en un vehículo o
que afecte a los reglamentos y directivas
aplicables, como las directivas 2002/214/CE,
2003/37/CE y 2007/46/CE.
La información recogida en el RD 224/2008
hace referencia a normas de instalación
y de funcionamiento de las estaciones de
inspección técnica del vehículo. Entre otros
aspectos, se describen:
■
Modelos de gestión de las estaciones de ITV.
■
Inspecciones que se pueden realizar en
cada una de ellas.
■
Cumplimentación de documentaciones
por parte de las estaciones ITV.
■
Distintivos de inspección técnica
periódica.
■
Informe de inspección.
■
Tarifas.
■
Sanciones.
El vehículo ha de cumplir sus obligaciones
periódicas (o, si ha realizado una reforma
de importancia, de forma puntual) con la
ITV. Ello puede condicionar el trabajo del
perito.
El RD 866/2010 del 2 de julio se encarga
de regular la tramitación de las reformas
de importancia de modo técnico y
administrativo, principalmente el vehículo
ha de:
A SU LABOR HABITUAL, LAS ITV AÑADEN OTRA FUNDAMENTAL: COMPRUEBAN QUE LOS VEHÍCULOS OBJETO DE
REFORMASDEIMPORTANCIACUMPLENLOS
REQUISITOSTÉCNICOS,DESEGURIDADYADMINISTRATIVOS
ESTABLECIDOS
POR LEY. LAS DECISIONES QUE SE DERIVEN DE ESTA LABOR HAN DE SER CONOCIDAS POR LOS PERITOS
Por
José Antonio Maurenza
Román
CESVIMAP 88
P E
R I T O S