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46

la revista Comforp

ENERO-MARZO 2015

I

I

Reformas de importancia:

De peritaciones e ITV

La función de la Inspección Técnica

de Vehículos, ITV, se extiende a las

inspecciones periódicas que, con mayor o

menor frecuencia, deben pasar todos los

vehículos; pero también son consecuencia

de un marco legal cuya influencia, en

lo que a

reformas de importancia

se

refiere, es muy amplia. Se entiende por

reforma de importancia

toda modificación,

sustitución, actuación, incorporación o

supresión efectuada en un vehículo o

que afecte a los reglamentos y directivas

aplicables, como las directivas 2002/214/CE,

2003/37/CE y 2007/46/CE.

La información recogida en el RD 224/2008

hace referencia a normas de instalación

y de funcionamiento de las estaciones de

inspección técnica del vehículo. Entre otros

aspectos, se describen:

Modelos de gestión de las estaciones de ITV.

Inspecciones que se pueden realizar en

cada una de ellas.

Cumplimentación de documentaciones

por parte de las estaciones ITV.

Distintivos de inspección técnica

periódica.

Informe de inspección.

Tarifas.

Sanciones.

El vehículo ha de cumplir sus obligaciones

periódicas (o, si ha realizado una reforma

de importancia, de forma puntual) con la

ITV. Ello puede condicionar el trabajo del

perito.

El RD 866/2010 del 2 de julio se encarga

de regular la tramitación de las reformas

de importancia de modo técnico y

administrativo, principalmente el vehículo

ha de:

A SU LABOR HABITUAL, LAS ITV AÑADEN OTRA FUNDAMENTAL: COMPRUEBAN QUE LOS VEHÍCULOS OBJETO DE

REFORMASDEIMPORTANCIACUMPLENLOS

REQUISITOSTÉCNICOS,DESEGURIDADYADMINISTRATIVOS

ESTABLECIDOS

POR LEY. LAS DECISIONES QUE SE DERIVEN DE ESTA LABOR HAN DE SER CONOCIDAS POR LOS PERITOS

Por

José Antonio Maurenza

Román

CESVIMAP 88

P E

R I T O S