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la revista Comforp

ENERO-MARZO 2015

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vEhículo

intervenido en el siniestro, basándose su

criterio en la afectación o los daños que

el vehículo pudiera tener y que podrían

afectar a su comportamiento, la requisan.

Costes de la valoración

Cuando se produce un siniestro, por sus

características, puede ser necesario someter

al vehículo a una serie de trámites para

volver a ponerlo en circulación. Esto puede

llevar acarreado un coste económico, que

debe ser sufragado por la compañía de

seguros, y, por tanto, añadido a la peritación.

Retroquelado de un nuevo número de

bastidor

El retroquelado del número de bastidor

en una pieza tiene la consideración de

reforma de importancia; esta consideración

lleva acarreados una serie de trámites

legales y administrativos que deben ser

añadidos a la valoración.

Retirada de la documentación por parte de la

Guardia Civil

El agente de la autoridad será el encargado

de proponer la necesidad de paso de

una inspección técnica antes de la nueva

puesta en servicio del vehículo. Será

necesario presentar el justificante de haber

superado la correspondiente ITV para que

la jefatura de tráfico devuelva el permiso de

circulación.

Cuando es la compañía la que debe correr

con los gastos de la reparación es también

la encargada de sufragar los derivados de

pasar la denominada ITV de accidente, y así

debe ser consignado en la peritación.

Rehúse de daños

La tipología de las reformas de importancia

y los trámites asociados a ellas influyen en

el trabajo del perito, desde un punto de vista

económico, fundamentalmente, puesto que

para la tramitación son los propios talleres

o sus gestorías los que se encargan de

realizarlas.

El perito tiene la posibilidad de rehusar

total o parcialmente

ciertos daños en los

vehículos, cuyas modificaciones, legales

o no, no han sido sometidas a inspección

y pueden influir en el resultado final

de la valoración. Nos encontramos así

ante vehículos “no aptos para circular”

e, incluso, con algunos en los que estas

reformas incrementan los daños de un

siniestro, materiales y personales, debido

al montaje de accesorios peligrosos.

Cuando hablamos de las pólizas de

seguros se tiende a olvidar el marco legal

en el que éstas se mueven, puesto que

su carácter contractual obliga tanto al

asegurado como a la aseguradora, según

una serie de condicionantes perfectamente

detallados en el contrato de seguro.

Uno de estos condicionantes es el de la

Vehículos ligeros

(Camiones y remolques de hasta 3.500 kg y derivados de turismos)

1ª Matriculación

Periodicidad

Menos de 2 años

De 2 a 6 años

De 6 a 10 años

Más de 10 años

Exento

2 años

1 año

6 meses

Vehículos pesados

(Camiones y remolques de más de 3.500 kg)

1ª Matriculación

Periodicidad

Menos de 10 años

Más de 10 años

1 año

6 meses

Autobuses

1ª Matriculación

Periodicidad

Menos de 5 años

Más de 5 años

1 año

6 meses

Revisiones periódicas de ITV según tipo de vehículo

CESVIMAP 88

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P E R I T O S