

LA NUEVA NORMATIVA OBLIGA A USAR UN REFRIGERANTE CON UN PODER DE CALENTAMIENTO GLOBAL INFERIOR
A 150 EN LOS SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO MÓVIL (MAC). EN LA ACTUALIDAD EL
R-1234YF ES LA ÚNICA
ALTERNATIVA
. ASÍ, LOS PROCESOS DE
RECUPERACIÓN Y RECARGA
SUFREN MODIFICACIONES, DEBIDAS A LAS
CARACTERÍSTICAS DEL GAS Y A LA NORMATIVA QUE LO REGULA, FUNDAMENTALMENTE EN MANIPULACIÓN Y
RIESGO DE FUGAS
Tras sucesivas moratorias, desde
el 1 de enero de 2013 –para nuevas
homologaciones– y desde el 1 de enero
de 2017 –para todas las matriculaciones–,
no se podrá fabricar en Europa ningún
vehículo que no incorpore en los sistemas
de climatización el gas refrigerante
R-1234yf, que sustituye al actual R134a (o
bien alguno que cumpla con la normativa y
presente un poder de calentamiento global,
PGC, inferior a 150). El nuevo gas es menos
contaminante que el utilizado hasta ahora
y el único que actualmente cumple la ley,
presentando un PGC de sólo 4.
El Real Decreto 795/2010 sobre
manipulación de gases fluorados regula la
comercialización y manipulación de gases
y equipos, así como la certificación de los
profesionales que los manipulan. Este título
es imprescindible para realizar cualquier
intervención o manipulación en estos
sistemas, por lo que el taller ha de disponer
en su plantilla de un técnico acreditado para
adquirir o manipular el refrigerante en su
distribuidor habitual. El objetivo del Real
Decreto es controlar las emisiones de estos
gases a la atmósfera, para no contribuir
más al calentamiento global.
Este refrigerante está exento del impuesto
sobre los refrigerantes fluorados, aplicable
desde la entrada en vigor de la ley 16/2013,
de 29 de octubre, efectiva desde el 1 de
enero de 2014.
Estaciones de servicio
Se denominan así los equipos de
comprobación y carga de los sistemas
de aire acondicionado. La SAE,
Society of
Por
Juan Rodríguez García
Recuperación y recarga
de aire acondicionado con
refrigerante R-1234yf
CESVIMAP 92
53
E L E C T R O M E C Á N I
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