Seguridad vial
os autobuses y autocares, al igual que el resto
de vehículos, deben estar diseñados y fabricados con
el objetivo de reducir el número de accidentes y
minimizar el riesgo de lesiones para sus ocupantes y
otros usuarios de la vía. Para ello, es necesario que
los fabricantes garanticen que sus vehículos cumplen
los requisitos pertinentes establecidos en el
Reglamento (CE) No 661/2009
.
Antes de comenzar con el análisis de la regla-
mentación conviene tener en cuenta la clasificación
de los autobuses y autocares, ya que a lo largo de la
reglamentación se hace referencia a las distintas clases
de estos vehículos.
A efectos de la homologación europea y nacio-
nal, los autocares y autobuses se clasificarán según
las siguientes categorías:
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Nº 52 - Abril / Junio 2012
Legislación vigente
sobre sistemas de
seguridad primaria
en autobuses
L